El incumplimiento se prueba con la distancia entre lo pactado y lo ocurrido. Si esa distancia no está escrita en algún sitio, el relato queda en dos memorias distintas.
Dejar claro qué se pactó
Contrato, presupuesto firmado, encargo por correo o mensajes en los que se aceptó el precio, el plazo y el alcance. Si hubo cambios, el cambio también se guarda. Una obra «más o menos como hablamos» es un conflicto anunciado.
Dejar claro qué ocurrió
- Entregas, actas o fotografías con fecha, si el objeto lo permite.
- Facturas pagadas y facturas rechazadas, con el motivo.
- La queja dirigida a la otra parte, no solo contada a terceros.
- Un requerimiento que diga qué se pide y en qué plazo, si se decide enviar uno.
Requerir no siempre conviene y no siempre interrumpe la prescripción. Antes de dar un plazo fatal, vale la pena que alguien lea el contrato.
Preguntas
¿Debo resolver el contrato por mi cuenta?
La resolución tiene requisitos. Hacerla mal puede convertir a quien reclama en quien incumple. No es un botón automático.

