Un recurso no es una carta de queja. Es un escrito que pide a la Administración que anule o revise un acto, dentro de un plazo y por unos motivos.
Antes de escribir
- Localizar la notificación íntegra y la fecha en la que se recibió.
- Leer el pie de recurso y contrastarlo con la ley. El cómputo está explicado en [[/actualidad-juridica/plazos-del-recurso-administrativo|esta nota]].
- Pedir el expediente si no se tiene y el plazo lo permite.
- Anotar qué se pide: nulidad, anulabilidad, una multa menor, la revocación.
Durante
Los motivos se ordenan: competencia, procedimiento, prueba, tipicidad, proporcionalidad, según el acto. Se acompaña lo que ya obre en poder de la persona y no esté en el expediente. Se presenta por el registro que corresponda y se guarda el justificante. El recurso no suspende el acto salvo que la norma o la Administración lo acuerden.
Perdido el plazo ordinario, no debe darse por hecho que existe una revisión extraordinaria. Eso se estudia aparte y rara vez es un sustituto.
Preguntas
¿Puedo recurrir y pagar el descuento a la vez?
En muchas sanciones, el pago con reducción exige no recurrir en vía administrativa. Hay que leer el régimen concreto antes de hacer las dos cosas.

